Finalidad del Trámite
El trámite fue creado por el Gobierno Federal como una prerrogativa a las asociaciones religiosas que desean internar a ministros de culto o asociados religiosos de origen extranjero para realizar actividades propias de su ministerio.
El trámite deben realizarlo las asociaciones religiosas que requieran la internación al país de sus ministros de culto o asociados religiosos de origen extranjero.
¿Cuándo se debe realizar?
Cuando una Asociación Religiosa desea internar a nuestro país a ministros de culto y/o asociados religiosos para realizar actividades religiosas en territorio mexicano.
¿Quién lo debe solicitar?
El representante y/o apoderado legal de la asociación religiosa debidamente constituida ante esta Dependencia.
¿Cuál es la vigencia del trámite?
Este trámite mantiene una vigencia de 40 días naturales.
¿Dónde se puede realizar?
Para realizar el trámite o recibir mayor información llame o acuda al espacio de Contacto Ciudadano de la Dirección General de Asuntos Religiosos, ubicado en Londres No. 102, Piso 4, colonia Juárez, alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06600 de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, teléfono (55) 5128-0000 exts. 36924 y 36925.
Si usted tiene dudas o algún problema con la información o gestión del trámite, favor de comunicarse a la Subdirección de Atención a Asociaciones Religiosas, al teléfono: (55) 5128-0000 ext. 36901 o enviar un correo electrónico a: dgar@segob.gob.mx.
¿Cuáles son los requisitos?
Solicitud en escrito libre en hoja con membrete de la asociación religiosa, dirigido al Director General de Asuntoss Religiosos, que incluya:
- Denominación de la asociación religiosa solicitante.
- Número de registro constitutivo como asociación religiosa ante la Secretaría de Gobernación.
- Nombre del extranjero interesado con la mención de si es ministro de culto o asociado religioso.
- Tipo de Visa a solicitar ante la oficina Consular de México en el extranjero.
- Tiempo que permanecerá en territorio nacional.
- Indicar el Consulado Mexicano en que se documentará.
- Descripción detallada de las actividades a realizar.
- Lugar específico donde desarrollará sus actividades.
- Domicilio particular del extranjero en territorio nacional.
- Manifestación expresa de la asociación religiosa solicitante en el sentido de que se responsabiliza de la estancia legal, moral y económica del extranjero, durante su permanencia en el país.
¿Cuáles son los documentos que debe anexar?
- Presentar original de carta de antecedentes religiosos, apostillada o legalizada, que acredite el carácter religioso del extranjero del país de donde proviene.
- Copia de pasaporte.
¿Cuál es el costo?
Estos trámites son gratuitos.
No le pueden exigir pago alguno para realizar el trámite. En caso contrario, por favor denúncielo aquí.
Responsabilidad del Ciudadano
Para realizar el trámite es responsabilidad del usuario:
- Que el solicitante sea una asociación religiosa.
- Que la solicitud este suscrita por el representante y/o apoderado legal, registrado ante esta Dependencia con firma autógrafa.
- Que los datos y documentos requeridos estén completos.
También tiene la obligación de denunciar y/o reportar cualquier irregularidad que detecte, originada por una ineficiencia del servicio o de una inapropiada conducta por parte de algún servidor público. Si desea denunciar haga click aquí.
Compromiso del Servicio
Estos son los estándares de servicios que nos comprometemos a cumplir:
- Oportunidad: En un máximo de 5 días hábiles a partir de la recepción de su solicitud se encontrará disponible la entrega de su opinión.
- Confiabilidad: La autorización no presentará errores ortográficos o de datos.
- Honestidad: Nadie le solicitará dádivas, prestaciones o dinero a cambio del trámite.
- Transparencia: Se le proporcionará información relacionada con el trámite personalmente en nuestras oficinas y a través de los medios señalados en la sección “¿Dónde se puede realizar?” de este apartado.
- Amabilidad: El personal encargado del trámite lo tratará con cortesía y aclarará sus dudas relacionadas con el mismo.
¿Qué hacer si no cumplimos?
- Atención Inmediata.
Para mejorar nuestra atención en aquellos casos en los que se presente algún problema relacionado con los requisitos o la gestión del trámite, usted puede solicitar la atención personal del Director de Área encargado de su trámite, o en su caso, por el Director General de Asuntos Religiosos.
- Quejas y sugerencias de servicios.
En el espacio de Contacto Ciudadano está disponible un buzón y papeletas para expresar con toda libertad su inconformidad o comentario. Vía telefónica: 01 (55) 5128-0000 ext. 36901. Vía internet al correo electrónico: dgar@segob.gob.mx.
Sus quejas o sugerencias serán atendidas por la Subdirección de Atención a Asociaciones Religiosas, en plazo no mayor a 10 días hábiles.
- Descargue e imprima esta información.
- Descargue el escrito libre ejemplo para realizar su solicitud.